El lunes 3 de abril será feriado en la ciudad de Corrientes para empleados provinciales
El Ejecutivo provincial dio a conocer los alcances de lo establecido en el decreto 827/2019 que reglamenta la Ley Provincial N° 6494 sancionada en abril del 2019
Por Administrador 1 min de lectura👁 1.684 visualizaciones

fijando el feriado permanente que se da en cada municipio de la provincia el día de su fundación con el correspondiente alcance local, según lo establece la ley en el artículo 1°.
Mientras que el artículo 2° de la norma establece que el feriado alcanza a todos los empleados de la administración pública provincial; entes autárquicos y descentralizados; empresas del Estado Provincial y establecimientos educativos de jurisdicción provincial, del municipio respectivo. Y que en su artículo 3° se establece el carácter inamovible de dicho feriado.
Mientras que el artículo 2° de la norma establece que el feriado alcanza a todos los empleados de la administración pública provincial; entes autárquicos y descentralizados; empresas del Estado Provincial y establecimientos educativos de jurisdicción provincial, del municipio respectivo. Y que en su artículo 3° se establece el carácter inamovible de dicho feriado.
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