Muerte de Diego Maradona: los ocho acusados irán a juicio oral
La Cámara Pena de San Isidro ratificó que el caso debe pasar a juicio oral y público por la carátula de homicidio simple con dolo eventual, delito que tiene una pena de hasta 25 años.
Por WebMaster 2 min de lectura2.754 visualizaciones

La Cámara de Apelaciones y Garantías de San Isidro confirmó este martes que el neurocirujano Leopoldo Luque, la psiquiatra Agustina Cosachov y los otros seis profesionales de la salud imputados por la muerte de Diego Armando Maradona vayan a juicio oral acusados de haber cometido un “homicidio simple con dolo eventual”, tal como habían dispuesto el año pasado los fiscales y el juez de la causa, informaron fuentes judiciales.
La decisión fue adoptada en un fallo de la Sala III del mencionado tribunal de alzada, compuesta por los camaristas Carlos Fabián Blanco, Gustavo Adrián Herbel y Ernesto García Maañón. De esta manera, en un futuro juicio oral, los ocho acusados se enfrentarán a un posible pedido de pena de entre 8 y 25 años de cárcel.
Al rechazar, entre otros puntos, la nulidad del requerimiento de elevación a juicio, los camaristas resaltaron en su fallo de hoy: “La acusación pública efectuó una completa descripción del Hecho 1 (el homicidio con dolo eventual de Maradona), enumerando las acciones u omisiones que consideraron reprochables a cada uno de los imputados y que, a su entender, habrían incidido en el fatal desenlace endilgado”.
“La fiscalía inicia su imputación indicando quienes se encontraban a cargo de la atención del paciente, ubicando en tiempo y lugar la situación apuntada, para luego referirse específicamente a cómo fue el desempeño de cada uno de ellos, según los roles asumidos, estableciendo de qué modo sus inconductas determinaron la muerte de Maradona”, dice en su voto el juez Herbel.
Los jueces de la Cámara también avalaron la Junta Médica clave que complicó a los ocho responsables de la salud imputados y rechazó los sobreseimientos y el cambio de calificación que habían propuesto varias de las defensas, entre ellas las de Luque y Cosachov, por la figura del homicidio culposo (con una pena menor de 1 a 5 años de cárcel).
Lo único en lo que sí los camaristas resolvieron a favor de las defensas fue en revocar parcialmente la elevación a juicio en relación a los denominados Hechos 2 y 3, imputados a Luque y Cosachov, referidos al “uso de documento privado falso” que le imputaban al neurocirujano por haber presuntamente usado una firma falsificada de Maradona para pedir una historia clínica; y a la “falsedad ideológica” por la que se acusaba a la psiquiatra por haber supuestamente confeccionado un certificado de aptitud mental de Diego sin ir a visitarlo.
Los 8 imputados
Leopoldo Luque: neurocirujano y médico personal de Maradona
Agustina Cosachov: psiquiatra
Ricardo Almirón: enfermero
Gisella Madrid: enfermera
Nancy Forlini: médica de Swiss Medical
Mariano Perroni: jefe de enfermeros
Carlos Díaz: psicólogo
Pedro Di Spagna: médico clínico.
La decisión fue adoptada en un fallo de la Sala III del mencionado tribunal de alzada, compuesta por los camaristas Carlos Fabián Blanco, Gustavo Adrián Herbel y Ernesto García Maañón. De esta manera, en un futuro juicio oral, los ocho acusados se enfrentarán a un posible pedido de pena de entre 8 y 25 años de cárcel.
Al rechazar, entre otros puntos, la nulidad del requerimiento de elevación a juicio, los camaristas resaltaron en su fallo de hoy: “La acusación pública efectuó una completa descripción del Hecho 1 (el homicidio con dolo eventual de Maradona), enumerando las acciones u omisiones que consideraron reprochables a cada uno de los imputados y que, a su entender, habrían incidido en el fatal desenlace endilgado”.
“La fiscalía inicia su imputación indicando quienes se encontraban a cargo de la atención del paciente, ubicando en tiempo y lugar la situación apuntada, para luego referirse específicamente a cómo fue el desempeño de cada uno de ellos, según los roles asumidos, estableciendo de qué modo sus inconductas determinaron la muerte de Maradona”, dice en su voto el juez Herbel.
Los jueces de la Cámara también avalaron la Junta Médica clave que complicó a los ocho responsables de la salud imputados y rechazó los sobreseimientos y el cambio de calificación que habían propuesto varias de las defensas, entre ellas las de Luque y Cosachov, por la figura del homicidio culposo (con una pena menor de 1 a 5 años de cárcel).
Lo único en lo que sí los camaristas resolvieron a favor de las defensas fue en revocar parcialmente la elevación a juicio en relación a los denominados Hechos 2 y 3, imputados a Luque y Cosachov, referidos al “uso de documento privado falso” que le imputaban al neurocirujano por haber presuntamente usado una firma falsificada de Maradona para pedir una historia clínica; y a la “falsedad ideológica” por la que se acusaba a la psiquiatra por haber supuestamente confeccionado un certificado de aptitud mental de Diego sin ir a visitarlo.
Los 8 imputados
Leopoldo Luque: neurocirujano y médico personal de Maradona
Agustina Cosachov: psiquiatra
Ricardo Almirón: enfermero
Gisella Madrid: enfermera
Nancy Forlini: médica de Swiss Medical
Mariano Perroni: jefe de enfermeros
Carlos Díaz: psicólogo
Pedro Di Spagna: médico clínico.
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